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Normatividad

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  • Decreto Legislativo N.° 1372, publicado el 02 de agosto de 2018, que regula la obligación de las personas jurídicas y/o entes jurídicos de informar la identificación de los beneficiarios finales.
  • Decreto Supremo Nº 003-2019-EF, publicado el 8 de enero de 2019, que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1372, que regula la obligación de las personas jurídicas y/o entes jurídicos de informar la identificación de los beneficiarios finales.
  • Fe de Erratas del Decreto Supremo N° 003-2019-EF, publicada el 15 de enero de 2019.
  • Resolución de Superintendencia N° 185-2019/SUNAT, publicada el 25 de setiembre de 2019, que establece la forma, plazo y condiciones para la presentación de la Declaración del Beneficiario Final y dicta disposiciones para que los notarios verifiquen dicha presentación e informen a la SUNAT el incumplimiento de los sujetos obligados.
  • Decreto de Urgencia N° 025-2019, publicado el 12 de diciembre de 2019, que modifica, entre otros, el Decreto Legislativo N.° 1372, Decreto Legislativo que regula la obligación de las personas jurídicas y/o entes jurídicos de informar la identificación de los Beneficiarios Finales.
  • Resolución de Superintendencia N° 000041-2022/SUNAT, publicada el 24 de marzo de 2022, que establece los sujetos que deben presentar la Declaración del Beneficiario Final en los años 2022 o 2023.

 

 

  • Resolución de Superintendencia N.º 000117-2022/SUNAT, publicada el 30 de junio de 2022, que modifica las Resoluciones de Superintendencia N.º 000193-2020/SUNAT, 000150-2021/SUNAT y 000189-2021/SUNAT considerando lo dispuesto por el Decreto de Urgencia N.º 016-2022.

 

 

 

Enlaces de Interés:

  • 40 recomendaciones del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) - Clic aquí
  • Portal UIF – Perú - Clic aquí

 

 Informes SUNAT:

  • Informe N° 051-2021-SUNAT/7T0000, publicado el 23 de junio de 2021, mediante el cual se absuelven diversas consultas referidas a la obligación de presentar la declaración del beneficiario final, respecto de las agencias, sucursales u otros establecimientos permanentes en el país de personas jurídicas no domiciliadas.
  • Informe N° 128-2020-SUNAT/7T0000, publicado el 16 de abril de 2021, mediante el cual se absuelven diversas consultas referidas a la obligación de presentar la declaración del beneficiario final, así como sobre los criterios y el procedimiento para su determinación.
  • Informe N° 138-2020-SUNAT/7T0000, publicado el 05 de marzo de 2021, mediante el cual se absuelven diversas consultas referidas a la obligación de identificar al beneficiario final de una asociación y entes jurídicos.
  • Informe N° 141-2020-SUNAT/7T0000, publicado el 04 de marzo de 2021, mediante el cual se absuelven diversas consultas referidas a la obligación de identificar al beneficiario final de las entidades sin fines de lucro, tales como asociaciones sin fines de lucro, fundaciones o comités.   
  • Informe N° 130-2020-SUNAT/7T0000, publicado el 04 de marzo de 2021, mediante el cual se absuelven diversas consultas referidas a identificar como beneficiario final a los miembros del directorio o el gerente general de una persona jurídica.
  • Informe N° 129-2020-SUNAT/7T0000, publicado el 19 de enero de 2021, mediante el cual se absuelven diversas consultas referidas a la forma de identificar al beneficiario final en el supuesto de una persona jurídica cuyas acciones se negocian a través de una Bolsa de Valores del exterior.
  • Informe N° 110-2020-SUNAT/7T0000, publicado el 21 de diciembre de 2020, mediante el cual se absuelven diversas consultas referidas a la obligación de presentar la declaración del beneficiario final, respecto de las Cajas Municipales de Ahorro y Crédito (CMAC).
  • Informe N° 107- 2020-SUNAT/7T0000, publicado el 21 de diciembre de 2020, mediante el cual se absuelven diversas consultas referidas a la obligación de presentar la declaración del beneficiario final, respecto de las empresas de derecho público creadas por ley, cuyo único accionista es el Estado Peruano.
  • Informe N° 046-2020-SUNAT/7T0000, publicado el 07 de octubre de 2020, mediante el cual se absuelven diversas consultas referidas a la obligación de presentar la declaración del beneficiario final, respecto de los fideicomisos de titulización y los fondos mutuos de inversión en valores.
  • Informe N° 048-2020-SUNAT/7T0000, publicado el 15 de agosto de 2020, mediante el cual se consulta si se incurre en alguna infracción en el caso que una persona jurídica no cumpla con informar la identificación de todos sus beneficiarios finales en la Declaración de Beneficiario Final.   
  • Informe N° 042-2020-SUNAT/7T0000, publicado el 27 de julio de 2020, mediante el cual se absuelven diversas consultas referidas a la obligación de presentar la declaración del beneficiario final, respecto de los entes jurídicos.
  • Informe N° 004-2020-SUNAT/7T0000, publicado el 14 de febrero de 2020, mediante el cual se absuelven diversas consultas referidas a la obligación de presentar la declaración del beneficiario final, respecto de los fondos mutuos de inversión en valores.          

 [ARLM1]Al hacer click en cada número de Informe debe dirigir al archivo PDF del mismo.

 

 

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Links of Interest

  • 40 recommendations of the Financial Action Task Force (FATF)- Click here
  • UIF Portal- Peru - Click here

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